Del latín oblitterāre (olvidar, borrar).
Para el verbo transitivo obliterar (cuyo participio, obviamente, es obliterado) existen dos diferentes acepciones, siendo una propia de la Medicina. Al fin y al cabo, como en tantas palabras sucede, esta segunda acepción surge de una particularización de la primera, cuya definición en el DRAE es:
Anular, tachar, borrar.Y la susodicha particularización para el ámbito médico:
Obstruir o cerrar un conducto o cavidad.
Añadiendo que puede usarse también como pronominal (lo cual no se añadía en la primera definición).
Referencias:
- DRAE: obliteración, obliterar.
RGV.
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